21-11-2024
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Proyecto de ley aumenta las penas del delito de usurpación de aguas

Incorpora el delito de usurpación de aguas en predio sujetos a la protección del Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas por el Estado.

El pasado 1 de junio ingresó al Senado el boletín N° 14.286-07, que aumenta las penas del delito de usurpación de aguas y modifica norma de la ley N° 19.300.

El proyecto de ley tiene tres objetivos. En primer lugar, aumentar el rango de determinación de la pena corporal por el delito tipificado en el artículo 459 del Código Penal. Por lo que pasa de la pena de presidio menor en su grado mínimo a medio y multa de veinte a cinco mil unidades tributarias mensuales a la pena de presidio menor en cualquiera de sus grados y multa de cincuenta a cinco mil unidades tributarias mensuales.

En segundo lugar, modifica el artículo 52 de la ley N° 19.300 el cual establece la presunción de responsabilidad del autor del daño ambiental. Con la modificación se busca incorporar al artículo la acción de usurpación de agua caracterizado en el artículo 459 del Código Penal cuando éste se perfeccione dentro de un área protegida por el Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas por el Estado (protección SNASPE), administrada por la Corporación Nacional Forestal, CONAF. 

Finalmente, el proyecto de ley incorpora un agravante específico al tipo del artículo 459 del Código Penal, por lo que incorpora un nuevo artículo 459 bis al Código penal el cual busca restringir el rango de determinación de la pena imponiendo la obligatoriedad de otorgar la pena correspondiente al grado máximo en los casos en que la acción se perfeccioné dentro de un predio perteneciente al Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas por el Estado.

Boletín N° 14.286-07

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