05-10-2024
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Proyecto de ley busca crear el tipo penal especial de daños en infraestructura penitenciaria

El que cause daños en infraestructura penitenciaria será sancionado con las penas de presidio menor en su grado máximo y multa de diez a veinte unidades tributarias mensuales.

El pasado 19 de junio ingresó a la Cámara de Diputado el Boletín N° 16944-25, el cual busca crear el tipo penal especial de daños en infraestructura penitenciaria.

El proyecto de ley busca incorporar en la legislación vigente un tipo calificado de daños en que se sancione de forma más gravosa a quién destruya infraestructura penitenciaria o bienes contenidos en su interior, sin estar previamente autorizados para tal efecto.

Así, dispone que el que cause daños en infraestructura penitenciaria será sancionado con las penas de presidio menor en su grado máximo y multa de diez a veinte unidades tributarias mensuales. En el caso que la infraestructura dañada forma parte del sistema de vigilancia o seguridad del recinto la pena se aplicará en el máximo del grado previsto anteriormente.

En el caso que se verifique lo señalado anteriormente, la autoridad carcelaria impondrá la medida disciplinaria de aislamiento del interno infractor por un plazo máximo de 30 días en caso de ser necesario.

Para tales efectos, se entenderá por infraestructura penitenciaria a los establecimientos penitenciarios, así como sus instalaciones, espacios y bienes inmuebles por destinación que se encuentren en sus dependencias.

Boletín N° 16944-25

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