La medida de protección decretada se mantendrá vigente durante toda la sustanciación del proceso hasta el término de la causa por cualquier motivo.
El 06 de mayo ingresó a la Cámara de Diputado el Boletín N° 17517-25 el cual agrava penas y dispone medidas de seguridad en favor del personal de Gendarmería de Chile.
La presente iniciativa tiene por objeto modificar la Ley Orgánica de Gendarmería, a fin de disponer la agravación de las penas por ataques lesivos a los funcionarios de la institución y, junto con ello de disponer medidas de protección especial que permitan resguardar la integridad de sus funcionarios y sus familias, atendida la importante labor que desempeñan.
Así se establece que si durante el transcurso de una investigación o en cualquier otra etapa del procedimiento que implique la privación total de libertad del imputado o condenado, surgiere algún antecedente grave de amenaza, agresión u otra potencial afectación a la integridad personal de cualquier integrante o funcionario de Gendarmería de Chile o de sus familias, o en todo caso tratándose de la investigación de delitos cometidos por asociaciones delictivas o criminales, la Dirección Nacional de Gendarmería de Chile podrá disponer, mediante una decisión fundada, una o más de las siguientes medidas de protección a favor de sus funcionarios: 1. Reserva de la identidad del gendarme en las audiencias que se desarrollen ante los tribunales, ya sea que se realicen de forma presencial o remota. 2. Reserva de la identidad del gendarme en los registros y documentos que se deban poner a disposición de las partes o que deban ser presentados o evacuados ante los tribunales.