El proyecto reconoce como reuniones públicas a las organizadas y las espontáneas.
Este 9 de marzo, ingresó al Congreso el Boletín 14.843-07 que propone un proyecto de ley para regular el ejercicio del derecho de reunión pacífica en espacios públicos.
Según el documento, este proyecto se hace cargo de realizar las necesarias adecuaciones materiales en cuanto al ejercicio del derecho de reunión pacífica, a fin de responder a las recomendaciones formuladas por los organismos de derechos humanos a Chile y a los estándares internacionales de derechos humanos existentes.
Así, busca regular los mecanismos de comunicación previo de la reunión pública por parte de los organizadores a la autoridad competente; y las limitaciones y restricciones a que está afecto el ejercicio del derecho a reunión pacífica, estableciendo claramente las facultades de la autoridad competente y garantizando que, en caso alguno, las limitaciones devengan, de facto, en impedimento o inhibición del ejercicio del derecho de reunión pacífica.
De esta manera, el proyecto reconoce como reuniones públicas a aquellas que son organizadas y a las espontáneas. Además, indica que “esta ley se aplicará de manera indistinta tanto a las reuniones públicas organizadas como a las espontáneas”.
Por otro lado, el documento también regula la disolución de las reuniones públicas, y señala que la disolución se llevará a cabo cuando exista una incitación a la violencia, y cuando impida el acceso a la población a establecimientos de salud, servicios de emergencia, carreteras y caminos.