El incumplimiento de dicha obligación será sancionado con multa a beneficio municipal de 50 a 500 unidades tributarias mensuales.
El pasado 01 de septiembre ingresó a la Cámara de Diputados el boletín N° 14.562-12, que establece la obligación para los supermercados de disponer de espacios exclusivos para la venta de productos de todo tipo a granel y libres de plástico.
La moción tiene por objeto primordial ayudar a proteger el medio ambiente, disponiendo de la obligatoriedad para todos los supermercados de Chile, de destinar al menos un pasillo sustentable, es decir, libre de plástico y con ventas exclusivamente de productos de todo tipo a granel.
El incumplimiento de lo dispuesto anteriormente será sancionado con multa a beneficio municipal de 50 a 500 unidades tributarias mensuales. Dichas sanciones serán aplicadas por el Juzgado de Policía Local correspondiente. Para la aplicación de dichas multas se establecen dos circunstancias a considerar: La conducta anterior del infractor y la capacidad económica del infractor.
Para ello, les corresponderá a las municipalidades fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones mencionadas anteriormente.