Se postergó los tres años de plazo de entrada en vigencia (de los artículos 3º, 4º y 5º), por un plazo de 54 meses a partir de la publicación de la presente ley.
El 12 de agosto se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.691, la cual modifica la ley N° 21.368, que regula la entrega de plásticos de un solo uso y las botellas plásticas, y modifica los cuerpos legales que indica, en materia de plazos de entrada en vigencia de sus obligaciones.
Cabe tener presente que el 13 agosto de 2021 se publicó la Ley N° 21.368, que regula la entrega de plásticos y otros productos de un solo uso. Sin embargo, un retraso en la dictación del reglamento respectivo, que debía regir desde febrero de 2023, dejó en situación de incertidumbre a las industrias afectadas
La ley recientemente publicada establece las siguientes prórrogas para efectos de solucionar la incertidumbre:
En primer lugar, el nuevo plazo para la aplicación de diversas obligaciones sobre entrega de productos de un solo uso pasa a 54 meses desde la publicación de la ley, es decir febrero de 2026.
En segundo lugar, en cuanto al plazo para la obligación de porcentaje de botellas retornables en vitrina, dispuesto en el artículo 8 ley, pasa a 54 meses desde la publicación de la actual ley, es decir, a febrero 2026.
Finalmente, el plazo para que el Ministerio del Medio Ambiente pueda publicar el reglamento asociado a la Ley, pasa de 18 a 40 meses desde la publicación de la ley.