02-04-2025
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Se publica reforma de pensiones

Se aumenta la Pensión Garantizada Universal a $250.000 de manera gradual.

El 26 de marzo se publicó en el Diario Oficial la Ley N°21.735, la cual crea un nuevo sistema mixto de pensiones y un seguro social en el pilar contributivo, mejora la Pensión Garantizada Universal y establece beneficios y modificaciones regulatorias que indica.

La nueva ley establece que una nueva cotización a cargo del empleador de un 7%. a la cual se suma un 1,5% del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia, aportando así un total de 8,5% de la renta imponible.  En el caso del 7% este se incrementará de manera gradual en un plazo de 9 años.

Además, la nueva ley crea el Seguro Social Previsional con la finalidad de financiar prestaciones con elementos de carácter contributivo y complementos por brechas de género. Las prestaciones del Seguro Social serán las pensiones derivadas del beneficio por años cotizados, la cotización con rentabilidad protegida y la compensación por diferencias de expectativa de vida.

En el caso del beneficio por años cotizados, es para aquellos pensionados por vejez o invalidez del decreto ley N° 3.500, de 1980, que tengan 65 o más años de edad, cuyos empleadores hubiesen enterado a lo menos 120 meses, en caso de las mujeres, o 240 meses, en el caso de los hombres, de cotizaciones continuas o discontinuas en el Fondo Autónomo de Protección Previsional, tendrán derecho a un beneficio de hasta un monto mensual equivalente a 0,1 unidades de fomento por cada 12 meses de cotizaciones, continuas o discontinuas, y por un máximo de 300 meses de cotizaciones enteradas en dicho fondo.

Respecto a la compensación por diferencia de expectativa de vida, es para aquellas mujeres a partir de los 65 años, quienes  tendrán derecho a una compensación mensual con el objeto de compensar la diferencia que exista por concepto de mayor expectativa de vida en relación con la de los hombres, siempre que reciban una pensión de vejez o invalidez derivada de sus cotizaciones obligatorias de cargo de la persona trabajadora y del empleador para la capitalización individual otorgada conforme al decreto ley N° 3.500, de 1980.  

Por otro lado, la nueva ley aumenta la Pensión Garantizada Universal a $250.000 de manera gradual.

Ley 21.735

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