16-09-2024
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Se publicó la ley que autoriza el porte de armas a aspirantes a oficiales de Carabineros y a Carabineros alumnos que cursen segundo año en la Escuela de Formación

Los aspirantes deben tener los años de formación que se indican y haber aprobado todos los cursos de tiro policial.

El 13 de junio se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.670 que autoriza el porte de armas a aspirantes a oficiales de carabineros y a carabineros alumnos desde el año de formación que indica.

El objetivo de la ley es permitir que los aspirantes a oficial de Carabineros y Carabineros alumnos queden exceptuados de la prohibición de porte de armas desde que son destinados a la denominada práctica policial, que implica la salida del aspirante a terreno, cumpliendo tareas de seguridad, lo que brindará un mayor número de funcionarios policiales en plenitud de medios y atribuciones.

Señala la ley en concreto que no requieren de permiso para utilizar armas los aspirantes a oficiales de Carabineros que cursen tercer y cuarto año en la Escuela de Carabineros de Chile, ni los carabineros alumnos que cursen segundo año en la Escuela de Formación de Carabineros y sus grupos de formación a nivel nacional, mientras realicen los periodos de práctica que determinen las respectivas mallas curriculares.

Establece la ley que para que dichos aspirantes a oficiales y carabineros alumnos se encuentren exentos del permiso de porte de armas deberán haber aprobado todos los cursos de tiro policial correspondientes a sus semestres anteriores.

Agrega por otra parte la normativa que los aspirantes a oficiales de la Policía de Investigaciones y los aspirantes a oficiales de Carabineros y los carabineros alumnos tendrán la calidad de funcionarios de la Policía de Investigaciones o de Carabineros de Chile, respectivamente, en cualquier actuación en la que participen durante los periodos de práctica que determinen las respectivas mallas curriculares.

Ley N° 21.670

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