Se rechazó el recurso de amparo.
No hace mucho tiempo que el ex Ministro de Justicia, Luis Cordero se paseaba por los foros de la academia, algunos programas de televisión, y diversos espacios políticos, pregonando con muestras de genuina convicción, los males que aquejaban a nuestro sistema penitenciario. Decía el, que
Corte Suprema estimó que hubo falta de servicio del hospital, ya que, adquirió y luego utilizó en sus cirugías el dispositivo médico Meroctane, sin ejercer un control adecuado.
Ello debido a que el juez sugirió una calificación jurídica al ente persecutor.
Condenó a pagar la suma de $10.000.000 por concepto de daño moral.
Ambos organismos pueden celebrar convenios que fijen los procedimientos técnicos y modalidades que le permitan al primero acceder a las solicitudes de información.
Corte Suprema acogió recurso de casación estimando que hubo falta de servicio por parte del Ministerio Publico lo cual causó en el demandante un detrimento emocional.
Establece la posibilidad que el Servicio pueda tasar, fundadamente, dicho precio o valor en los casos en que éste difiera notoriamente de los valores normales de mercado.
El objetivo del beneficio de sala cuna es el cuidado de los hijos e hijas menores de dos años de las trabajadoras mientras éstas se encuentran desempeñando sus labores.
Se realizará el 29 de octubre en la Sala de Plenarios de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Social UACH.