La Corte solo puede modificar la sanción si la Administración no fundamentó adecuadamente su decisión o si los motivos invocados no se ajustan a los hechos comprobados en el sumario.
El fallo concluyó que la revocación de la prórroga de una contrata, antes del inicio del nuevo período anual, no afectó un derecho adquirido en el caso.
La Cuarta Sala confirmó la sentencia que desestimó una demanda por competencia desleal deducida por Consorcio Valle Hermoso S.A. contra Mantoverde S.A.