Esto, debido a las complejidades que tiene el Estado sobre la protección procesal adecuada y eficiente para evitar perturbaciones en el derecho a poseer, usar y gozar del dominio de los bienes.
El 11 de enero ingresó al Senado el boletín Nº 15.658-07, proyecto de reforma constitucional que modifica la Carta Fundamental, para suspender el cobro del impuesto territorial en bienes raíces usurpados u ocupados ilegal o ilegítimamente.
La propuesta establece que en ningún caso la ley podrá establecer tributos manifiestamente desproporcionados o injustos. Asimismo, se suspenderá el cobro de tributos, contribuciones, derechos o tasas de cualquier naturaleza, a los contribuyentes cuyos bienes raíces hayan sido usurpados, u ocupados ilegal o ilegítimamente, por todo el tiempo que dure dicha afectación. Sin perjuicio de la facultad del Estado de exigir el doble del cobro respecto de quienes resulten responsables de la afectación ilegítima, para resarcir con el exceso del tributo correspondiente, al contribuyente afectado, no obstante subsistir las acciones civiles o penales a las que tenga derecho.