04-10-2024
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Protección de la biodiversidad en Chile: análisis del caso Rol Nº 246.935-2023 y su impacto en la conservación de las abejas en la Región de Los Ríos

El reciente fallo de la Corte Suprema (Rol Nº 246.935-2023, 11 de septiembre de 2024) subraya la importancia de la justicia ambiental en Chile, particularmente en la protección de especies vulnerables como las abejas. Estas cumplen una función ecológica esencial en la polinización y conservación de la biodiversidad, aspectos clave en la sostenibilidad de ecosistemas frágiles como los que se encuentran a lo largo del país, en especial en la Región de Los Ríos.

La Corte reconoce el valor intrínseco de la especie Apis mellifera, conocida comúnmente como la abeja de la miel, tanto por su impacto en la producción alimentaria como por su relevancia para la apicultura. En este sentido, se recalca que la normativa, tanto a nivel local como internacional, establece mecanismos claros para su protección, lo que convierte que su omisión, ya sea dolosa o culposamente es daño ambiental, y por ello, se obliga a la reparación de dicha especie.

Así, el uso indiscriminado de pesticidas en la agricultura industrial figura entre las principales amenazas a la supervivencia de esta especie, lo que constituye una forma de daño ambiental que debe ser reparado, conforme a los estándares establecidos en la Ley 20.600. Queda establecido en el razonamiento del tribunal la infracción al principio de prevención ambiental, puesto que el demandado, al momento de usar el pesticida, no informó sobre la toxicidad del producto, ni avisó a los potenciales afectados, y tampoco adoptó medidas de prevención que buscaran evitar el daño. Esta omisión es clave en la determinación de la responsabilidad del demandado en la destrucción de las colmenas 187 colmenas afectadas al demandante.

De esta manera, dado el papel polinizador de las abejas, existe un interés público en su protección y tutela, reconociendo la importancia de preservar su función ecológica. Asimismo, la Corte aplica la teoría de la causa adecuada en la determinación del daño, ya que el demandado, por un lado, conocía los efectos de los hechos dañosos (ingeniero agrónomo que aplicó el pesticida), y además era el único actor cuya actividad tenía la capacidad de causar dicho daño. En consecuencia, se extiende la presunción de culpa a la presunción de causalidad, en función de dicha infracción. Esta presunción se construye sobre las normas generales reguladas en el artículo 1712 del Código Civil en relación con el artículo 35 de la Ley 20.600 (sana crítica) configurando así una presunción judicial.

En este sentido, la Corte confirma el daño ambiental sobre las referidas colmenas del demandante, con un número aproximado de 80.000 abejas por cada una de ellas, obligando al demandado a restaurar la totalidad de las colmenas del apiario del demandante, dentro de un plazo máximo de un año. Esta reparación no solo responde al daño directo causado, sino que también se enmarca dentro del principio de restauración ambiental consagrado en la legislación chilena.

El caso de la Región de Los Ríos nos recuerda la importancia de proteger el medio ambiente y sus componentes, especialmente en un país donde nuestra Constitución garantiza el derecho a vivir en un entorno libre de contaminación. El Estado tiene la responsabilidad de velar por el cumplimiento de este derecho, asegurando que especies de gran valor ecológico, como las abejas, sigan cumpliendo su función sin verse amenazadas por las actividades humanas.

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Escrito por

Ítalo Montes Cáceres, profesor de Derecho Ambiental, Facultad de Derecho Universidad Finis Terrae. Valentina Pérez Moraga, miembro del Semillero en Derecho Ambiental, de la Facultad de Derecho de la Universidad Finis Terrae.