13-01-2026
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Guillermo Jiménez sobre forma y sustancia en el Derecho Administrativo: “Es, ante todo, una disciplina de formas”

A propósito de su participación en las XXI Jornadas de Derecho Administrativo, realizadas en la Universidad de Tarapacá, el presidente de la Asociación de Derecho Administrativo (ADAD) y profesor asociado de la Universidad Adolfo Ibáñez, Guillermo Jiménez, reflexiona sobre el rol de la actividad material en la Administración, los riesgos de una justicia excesivamente sustantiva y los desafíos que enfrenta el Derecho Administrativo frente a la modernización del Estado y el avance de nuevas tecnologías.

En tu exposición sobre “Forma y sustancia en el Derecho Administrativo”, ¿cómo explicas la relación entre estos dos conceptos en la práctica administrativa?

Nuestra ponencia, desarrollada junto al profesor Samuel Tschorne, tuvo como objetivo analizar el concepto de actividad material. El punto de partida fue distinguir entre actividad material y actividad formal. Sostenemos que esta distinción traza la frontera entre aquello que resulta jurídicamente relevante para el Derecho Administrativo —la actividad formal— y aquello que no lo es —la actividad material—, permitiendo delimitar el ámbito de la actuación administrativa jurídicamente relevante.

A partir de ello, advertimos la existencia de dos tendencias paradójicas en el Derecho Administrativo chileno reciente. Por un lado, se observa un proceso de creciente formalización, tanto por una regulación legal más extensa como porque actuaciones antes consideradas extrajurídicas hoy son alcanzadas por el derecho. Ejemplos de ello son la publicidad de documentos internos de la administración o las auditorías de la Contraloría que evalúan procesos que no están sujetos a mecanismos tradicionales de control, como la toma de razón.

Sin embargo, de manera simultánea, se ha producido una materialización del control de la Administración. En este sentido, el legislador y los tribunales no han sido capaces de establecer reglas claras respecto de qué autoridad debe decidir con fuerza vinculante según su competencia y expertise. Esto ha generado incertidumbre y una toma de decisiones basada en criterios de justicia material, fenómeno que —a nuestro juicio— erosiona la función central del Derecho Administrativo, que es esencialmente formal: delimitar competencias entre órganos del Estado y diseñar procesos racionales de toma de decisiones, más que definir sustantivamente los resultados.

¿Cómo influye la forma del acto administrativo en su legitimidad y efectividad dentro del marco jurídico?

Sostenemos que la forma del acto administrativo es clave para su legitimidad. Por forma entendemos, fundamentalmente, la competencia del órgano que lo emite y el procedimiento que se sigue para su dictación. El Derecho Administrativo se preocupa más de las formas que de la sustancia debido, por un lado, a la complejidad técnica de los problemas sociales que enfrenta la Administración y, por otro, a consideraciones democráticas que exigen deferencia frente a distintas preferencias políticas legítimas.

¿Qué papel juega la actividad material en el Derecho Administrativo chileno y cómo se articula con las normativas internacionales actuales?

La actividad material cumple un rol esencial en el funcionamiento del Estado administrativo moderno. Incluye una amplia gama de operaciones destinadas a resolver problemas sociales y transformar la realidad, que van más allá de la dictación de actos jurídicos formales. Una intervención médica o gran parte de las acciones en materia de asistencia y protección social son ejemplos claros de actividad material.

En este sentido, su relevancia es central para el funcionamiento del Estado Social, que constituye un imperativo constitucional y, además, es exigido por diversos tratados internacionales sobre derechos humanos.

¿Cuáles son los principales desafíos que enfrenta hoy la administración pública chilena en términos de eficacia y transparencia?

Esta pregunta excede el marco específico de nuestra exposición y de las Jornadas, ya que apunta a un problema de alcance mucho mayor. No obstante, en términos generales, considero que el desafío de la administración pública chilena es doble: por una parte, ofrecer prestaciones de calidad a los ciudadanos usuarios de servicios públicos como salud, seguridad social y educación; y, por otra, fiscalizar con firmeza el cumplimiento de la normativa por parte de las empresas privadas que prestan servicios de utilidad pública.

Desde tu experiencia en la Asociación de Derecho Administrativo, ¿cómo ha evolucionado la disciplina frente a los cambios tecnológicos y las nuevas demandas sociales?

El Derecho Administrativo es una disciplina en constante transformación. La digitalización del Estado, en particular, impone exigencias permanentes de actualización y perfeccionamiento profesional. A ello se suman las nuevas demandas sociales, que presionan a la disciplina a adaptarse a un Estado que debe asumir tareas regulatorias y de provisión de servicios cada vez más complejas, frente a una ciudadanía más informada y exigente.

¿Cómo visualizas la evolución del Derecho Administrativo chileno en la próxima década, especialmente en relación con la modernización y la digitalización del Estado?

En mi opinión, en los próximos años el Derecho Administrativo chileno deberá abordar de manera mucho más profunda el impacto de la inteligencia artificial en los procesos de toma de decisión administrativa. Estas tecnologías prometen mayores niveles de eficiencia y eficacia, pero al mismo tiempo tensionan nuestras nociones clásicas de discrecionalidad administrativa y de justicia procedimental.

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