La medida fue adoptada en atención a su calidad de imputado en una causa penal como también las medidas cautelares que, por su naturaleza, impiden el ejercicio de sus funciones.
La medida fue adoptada en atención a su calidad de imputado en una causa penal como también las medidas cautelares que, por su naturaleza, impiden el ejercicio de sus funciones.
No corresponde que los organismos públicos bloqueen unilateralmente en su cuenta institucional a aquellos usuarios particulares de la respectiva plataforma virtual de comunicación social que han emitido ciertas opiniones o expresiones.
No se ha demostrado que la norma fue adecuadamente informada al recurrente ni que se consideró su situación médica al imponer la sanción.
No satisface el estándar mínimo de fundamentación.
Corte Suprema ordenó el reintegro del actor que llevaba mas de 20 años desempeñándose a contrata en el Senado y dispuso el pago de sus remuneraciones.
Se trató de una sanción académica con la cual basta el sumario breve, ya que no es una medida disciplinaria.
El contrato a honorarios de la servidora incluía una cláusula que aseguraba la protección de remuneraciones durante la licencia médica, cubriendo la diferencia entre el subsidio y el total de los honorarios.
El Servicio de Salud recurrido realizó un análisis pormenorizado de los cargos, ponderó la prueba rendida, y dejó en claro que se trata de conductas inaceptables.
El funcionario marcaba su entrada y salida de su lugar de trabajo, sin embargo en horario laboral participaba de actividades sin la autorización de su jefatura.
La resolución impugnada tiene carácter condicional y está sujeta al resultado del sumario administrativo en curso, por lo que el recurso de protección no puede prosperar.