Durante la suspensión, el servidor conserva su carácter de funcionario y no se exime de la observancia.
Durante la suspensión, el servidor conserva su carácter de funcionario y no se exime de la observancia.
La decisión cuestionada se encuentra debida fundamentada.
Lo anterior, mientras no hayan transcurrido un plazo de 5 años desde el cese.
Lo anterior es debido a que se pronunció sobre materias que no fueron objeto de la discusión planteada por las partes.
Será la Dirección de Presupuestos la encargada de la ejecución de las evaluaciones.
La naturaleza de una decisión que recalcula la prestación otorgada arrastra la invalidación de una decisión previa, lo que debe ser precedido por un procedimiento administrativo.
Para la validez de la notificación se requiere del consentimiento del notificado.
Dicha experiencia debe ser acreditada con documentos que den cuenta de estos trabajos profesionales.
La posibilidad de recurrir que la ley otorga al administrado, es un reconocimiento a su derecho de defensa.
Los jueces no pueden evaluar el mérito de las sanciones, pero si la razonabilidad y proporcionalidad de las mismas.