Se trata de dineros no cobrados oportunamente por partícipes de fondos mutuos o de inversión.
Este 18 de marzo, el Diario Oficial publicó la Ley 21.433 que modifica la Ley Nº 20.712 sobre Administración de Fondos de Terceros y Carteras Individuales, en relación con el destino de los dineros no cobrados oportunamente por los partícipes de fondos mutuos o de inversión, o por sus causahabientes, en beneficio de Cuerpos de Bomberos de Chile.
El proyecto indica que las cuotas de fondos mutuos o de inversión de personas fallecidas que no hayan sido registradas a nombre de herederos o legatarios dentro del plazo de diez años, serán rescatadas por la administradora y entregadas a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile para su posterior distribución a los Cuerpos de Bomberos del país.
Además, señala que, en el caso de los dividendos y demás beneficios en efectivo no cobrados por los respectivos partícipes dentro del plazo de cinco años contado desde la fecha de pago determinada por la administradora, serán entregados a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile para su posterior distribución a los Cuerpos de Bomberos del país.
En ambos casos, también será aplicable a aquellas cuotas de fondos mutuos o de inversión cuyos partícipes hubieren fallecido con anterioridad a la entrada en vigencia de la ley, o aquellos dividendos y demás beneficios cuyas fechas de pago sean anteriores a la entrada en vigencia de la legislación.