23-11-2024
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Corte Suprema rechazó el recurso de queja deducido, ya que, no se configura la causal de reserva por afectación de derechos económicos

La reclamante ha hecho una mera referencia a ciertos factos productivos sin acreditar la ocurrencia de una merma real, concreta y cuantificable en el patrimonio del sujeto eventualmente afectado.

El pasado 15 de noviembre la Tercera Sala de la Corte Suprema en causa rol N° 10.332-2022 rechazó el recurso de queja deducido por la Empresa Aqua Chile S.A.

La actora dedujo recurso de queja en contra los integrantes de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, por las faltas y abusos graves que habrían cometido al dictar, el 23 de marzo de 2022, la sentencia que rechazó el reclamo de ilegalidad que la quejosa ejerció en contra de la decisión de amparo adoptada por el Consejo para la Transparencia el 15 de abril de 2021, en virtud de la cual se dispuso entregar al peticionario “la información consignada en el numeral 1° de lo expositivo (requerimiento), sobre las cosechas o producciones obtenidas y declaradas en el periodo comprendido entre los años que se consignan, por los centros de engorda de salmónidos que se indican”.

Dicha solicitud de acceso a la información fue presentada ante el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, requiriendo la entrega de las “Copias de las cosechas o producciones obtenidas y declaradas ante vuestro Servicio, en el periodo que se indica, en los centros de engorda de salmónidos que se indican en el Cuadro siguiente, identificados por su Registro Nacional de Acuicultura y todos ellos ubicados en la Región de Aysén: Titular: Aquachile, RNA: 110467, periodo comprendido entre los años 2015 a 2020”. Dicha solicitud fue denegada por el órgano debido a la oposición de las empresas involucradas por la eventual afectación de sus derechos comerciales y económicos. Frente la negativa, la peticionaria interpuso solicitud de amparo por denegación de información ante el Consejo para la Transparencia, la que dispuso entregar la información solicitada. En contra de esa decisión, dedujo reclamo de ilegalidad, el cual fue rechazado, argumentando que la información es pública y no se configura la causal de secreto o reserva regulada en la Ley N° 20.285. En contra de esa decisión, la reclamante interpuso el recurso de queja.

La Corte Suprema en relación con la configuración de la causal de secreto o reserva cuyo rechazo generaría el agravio, el tribunal se ha pronunciado en diversas ocasiones sobre la posibilidad de afectación de derechos comerciales o económicos de los operadores en la industria de la acuicultura frente a la entrega de información pública que se encuentra en poder del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.  Las decisiones han sido sustentadas en la no acreditación de la afectación del interés que se pretendía proteger, pues la reclamante ha hecho una mera referencia a ciertos factores productivos sin acreditar la ocurrencia de una merma real, concreta y cuantificable en el patrimonio del sujeto eventualmente afectado.

En cuanto a la primera infracción impugnada, el máximo tribunal de justicia también la desestimó, ya que, consideró que en el arbitrio no se ha mencionado, con especificidad, qué medio de convicción se le impidió allegar al proceso, omitiendo, también, toda explicación a la forma o manera concreta en que la no recepción de la causa a prueba incidió en el déficit probatorio que se reprochó en la sentencia de instancia.

Corte Suprema rol N° 10.332-2022

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