25-04-2024
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Cambios al reglamento FOGAPE para flexibilizar la entrega de créditos Covid-19

Se elimina el deducible para empresas con ventas anuales inferiores a 100 mil UF.

El pasado 30 de junio, se publicó en el Diario Oficial, el decreto exento N°193 del Ministerio de Hacienda, que modifica el decreto exento Nº 130 del 25 de abril de 2020, que aprueba el reglamento de administración del Fondo de Garantía para Pequeños y Medianos Empresarios aplicable a las líneas de garantía Covid-19.

En su cuerpo normativo, el decreto introduce una serie de cambios al reglamento FOGAPE para efectos de flexibilizar y agilizar la entrega de créditos Covid-19. En primer lugar, se agrega que los sostenedores de establecimientos educacionales de educación parvularia, básica y media, y de las instituciones de educación superior, se entenderán comprendidos dentro del concepto de empresa o empresarios para efectos del reglamento.

En segundo lugar, se redujo el deducible máximo pasando de un 5% a un 2,5% del total de los saldos garantizados por el fondo a la respectiva institución financiera.

En tercer lugar, se elimina el deducible para las empresas con ventas anuales inferiores a 100 mil UF, siempre y cuando dichas empresas no tengan deudas previas con el oferente de crédito o solo tengan deudas de financiamientos con garantía Covid-19, con la institución financiera al momento de la solicitud del financiamiento.

En cuarto lugar, se agrega que las empresas podrán solicitar que no se reprogramen sus créditos, siempre que declare expresamente, de forma oral o escrita, que le fue informado su derecho a reprogramar sus créditos vigentes y que renuncia a este derecho.

Todas las modificaciones introducidas serán aplicables exclusivamente a los financiamientos con garantías covid-19 que sean cursados o aprobados con posterioridad a la fecha de publicación del decreto.

Decreto exento N° 193

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