03-12-2024
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Ello con la presencia de un ministro de fe de la Dirección de Asuntos Internacionales y Derechos Humanos de la Corte Suprema.

No se divisó la existencia de acto u omisión alguna atribuible a la recurrida tendiente a causar en la actora una situación de infracción de las garantías fundamentales.

Corte Suprema ordenó a la Municipalidad formalizar la decisión de la Dirección de Tránsito mediante la dictación del acto administrativo fundado que corresponda.

La administración incumplió la obligación de protección y respeto del derecho a un procedimiento racional y justo, así como de promoción de la obtención de las autorizaciones y permisos de residencia o permanencia.

La asamblea de copropietarios, quienes, en el ámbito de su competencia, como el órgano de resolución del condominio recurrido decidieron no conceder el permiso requerido. 

El artículo 151 de la LOC de Municipalidades se compone de una etapa administrativa y, luego una judicial, lo que requiere la coincidencia entre las alegaciones formuladas.

El fallo de primera instancia, tuvo por acreditado, el pago de las señaladas multas por tenencia de mascotas.

La legislación vigente a la época de la denuncia exigía para la existencia de acoso laboral la reiteración de la agresión u hostigamiento.