18-04-2024
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Compañía Aseguradora no incurrió en un acto u omisión ilegal y arbitrario, actuó conforme a la normativa vigente y a los términos del contrato de seguro suscrito entre las partes

El rechazo de la cobertura se funda en la inexactitud de la recurrente en su Declaración Personal de Salud.

El 20 de enero la Tercera Sala de la Corte Suprema en causa rol N° 160.250-2022 revocó la sentencia apelada de 25 de noviembre de 2022 dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago y en su lugar, se rechazó la acción de protección interpuesto en contra de Alemana Seguros S.A.

Ante la Corte de Apelaciones de Santiago se interpuso una acción de protección en contra de Alemana Seguros S.A., por haber rechazado entregar cobertura a los gastos médicos correspondientes a cuatro cirugías realizadas a raíz del cáncer de mamas que actualmente tiene la recurrente, bajo el fundamento errado de que dicha enfermedad derivaría de una patología preexistente.

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió la acción de protección, dejando sin efecto la decisión impugnada y dispuso que la recurrida debe proceder a realizar una nueva liquidación del siniestro N° 82242 objeto de autos, considerando que el cáncer de mama que le fue diagnosticado en el año 2020 a la recurrente no tiene carácter preexistente a la celebración del contrato de seguro.

Apelada dicha decisión, la Corte Suprema la revocó y rechazó la acción deducida, ya que, consideró que la recurrente carecía de un derecho indubitado, toda vez que el rechazo a la cobertura de siniestro que fuera solicitada se funda en la reticencia e inexactitud de la recurrente en su Declaración Personal de Salud, cuestión que se ha verificado en los autos.

La Corte consideró que la compañía aseguradora no incurrió en un acto u omisión ilegal y arbitrario, sino que, por el contrario, ha actuado conforme a la normativa vigente y a los términos del contrato de seguro suscrito entre las partes.

Corte Suprema Rol N° 160.250-2022

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