23-11-2024
HomeJurisprudenciaContraloría dictamina que GORE deberá pagar beneficios laborales de trabajadores suscritos a convenio

Contraloría dictamina que GORE deberá pagar beneficios laborales de trabajadores suscritos a convenio

Estos beneficios se deberán pagar en favor de servidores que desempeñen exclusivamente labores del programa mencionado.

El pasado 10 de agosto, la Contraloría General de la República publicó el Dictamen N° E244442N22, en el que señaló que corresponde al Gobierno Regional de la Araucanía financiar, con cargo al convenio suscrito con el INIA, los beneficios laborales que consten en instrumentos colectivos y las indemnizaciones laborales de carácter legal.

Este dictamen se entrega tras la solicitud de pronunciamiento del Gobierno Regional de La Araucanía y del Instituto de Investigaciones Agropecuarias para determinar si es posible imputar a los recursos transferidos por el GORE, el pago de un beneficio colectivo a las personas contratadas por el INIA bajo las normas del Código del Trabajo, para la ejecución del programa de que se trata, así como las indemnizaciones por años de servicios a que puedan dar lugar el cese de esas contrataciones.

Frente a esto, la Contraloría dictaminó que se ajusta a derecho financiar con cargo a los recursos transferidos por el GORE de la Araucanía, el pago de obligaciones laborales legales incurridas respecto de trabajadores cuyas labores se relacionan directamente con el desarrollo del proyecto.

Así, señala que habiendo suscrito el INIA un acuerdo con el Sindicato de Profesionales de dicha institución, que incluye a quienes fueron contratados para el referido programa, el cual es vinculante para las partes conforme a la normativa laboral citada, resulta procedente que, respecto de tales trabajadores, el beneficio colectivo por el que se consulta se financie con los recursos públicos provenientes del convenio suscrito con el GORE.

Por las mismas razones, resulta posible imputar a los fondos públicos transferidos, las indemnizaciones laborales en la medida que estas sean de carácter legal y se paguen en favor de servidores que desempeñen exclusivamente labores propias del mencionado programa.

CGR N° E244442N22

Comparte el contenido:
Etiquetas de Publicación