Constructora deberá indemnizar a demandante tras incumplimiento en construcción en Ancud.
El 11 de marzo, la Corte Suprema, en la causa rol N° 217.959-2023, anuló de oficio la sentencia de la Corte de Apelaciones de Temuco y, en su lugar, dictó una sentencia de reemplazo que revocó la resolución del Juzgado de Letras de Villarrica. En consecuencia, se acogió parcialmente la demanda y se condenó a la empresa constructora demandada al pago de $30.000.000, más los intereses corrientes para operaciones no reajustables desde la notificación de la sentencia, sin costas.
El caso se originó con una demanda de resolución de contrato e indemnización de perjuicios presentada ante el Juzgado de Letras de Villarrica, la cual fue rechazada en primera instancia. La acción judicial se basó en la resolución de un contrato verbal de construcción y la indemnización de perjuicios contra una empresa constructora compuesta por dos socios, debido al incumplimiento de la obra encargada en la ciudad de Ancud. Como consecuencia, la demandante solicitó una indemnización de $58.090.400 por daño emergente y $100.000.000 por daño moral, o la cantidad que el tribunal estimara pertinente.
Tras la apelación de la demandante, la Corte de Apelaciones de Temuco confirmó la decisión de primera instancia. Ante ello, la actora interpuso recursos de casación en la forma y en el fondo, lo que llevó a la Corte Suprema a invalidar de oficio la sentencia de la Corte de Apelaciones y a dictar una nueva resolución.
El máximo tribunal consideró procedente la indemnización por daño moral, dada la gravedad del perjuicio sufrido por la demandante, el impacto en su vida y las circunstancias en que se ejecutó el contrato. En este contexto, se determinó el pago de $30.000.000, a ser abonados de manera simplemente conjunta por los demandados, en cuotas del mismo monto.
Asimismo, la Corte Suprema destacó la afectación a la integridad psicológica de la actora como consecuencia del incumplimiento contractual prolongado. Pese a que la obra debía entregarse a fines de 2019, la empresa constructora tampoco cumplió con el nuevo plazo informado en marzo de 2020 ni con la entrega posterior a la fecha de la demanda.
Corte Suprema sentencia casación
Corte Suprema sentencia reemplazo