Se ordena la cancelación de la anotación marginal practicada el 15 de octubre de 2013, efectuada en la inscripción de dominio de fojas 4315 N° 3020 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Arica del año 2006.
Se ordena la cancelación de la anotación marginal practicada el 15 de octubre de 2013, efectuada en la inscripción de dominio de fojas 4315 N° 3020 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Arica del año 2006.
El contrato le es oponible a la demandante, de forma tal que se encuentra en el imperativo de tolerar la ocupación y discutir en otro procedimiento su terminación.
La Ley N° 19.585 eliminó las diferencias entre las distintas categorías de hijos que existían hasta antes de su dictación, esto es, “legítimos”, “naturales” e “ilegítimos”.
La prescripción queda sujeta al plazo de 5 años estatuido en el texto anterior del artículo 18 de la LGUC, y a la época de presentación de la demanda, aquel lapso había expirado.
La golpiza propinada la víctima, y la falta de servicio, en tanto el funcionario llamado a restablecer el orden público incurre en violencia innecesaria, cometiendo un ilícito penal.
Excede el ámbito de este arbitrio, toda vez que se desconoce si existen otros posibles herederos de igual o mejor derecho.
Acogió acción de protección contra negativa de autorización para salón de belleza en régimen de copropiedad. El 09 de enero la Corte Suprema en causa rol N° 245.297-2023 revocó la sentencia apelada y en su lugar acogió la acción de protección, disponiéndose que la recurrida deberá
No le corresponde a la administración del edificio determinar el sentido y alcance del bien familiar acordado.
En materia de seguros, el legislador ha prevenido expresamente que el responsable final del daño causado es quien debe asumir el pago de la indemnización, evitando un doble pago.
Facultan a CENABAST incluso a declarar desierta la licitación cuando las ofertas no resultaren convenientes a los intereses del Sistema Nacional de Servicios de Salud.