La medida de abandono del país de la amparada aparece como del todo desproporcionada y perjudicial para ella como para sus hijos.
El 6 de septiembre de 2025, la Corte de Apelaciones de Talca, en causa rol N° 735-2025, acogió un recurso de amparo presentado en contra del Servicio Nacional de Migraciones. La sentencia dejó sin efecto la Resolución Exenta N° 25048558, de fecha 30 de enero de 2025, que había rechazado la solicitud de residencia definitiva de la recurrente y ordenado su abandono del territorio nacional. En su decisión, el tribunal dispuso que el Servicio Nacional de Migraciones deberá citar a la amparada e informarle de manera completa acerca de los documentos faltantes para regularizar su permanencia en Chile, otorgándole un plazo no inferior a sesenta días para presentarlos y proceder posteriormente al estudio de su situación migratoria.
El recurso fue interpuesto por una ciudadana cubana que alegó haber residido en el país por más de siete años de manera regular, siendo madre de tres hijos, dos de los cuales tienen nacionalidad chilena. Señaló que su solicitud de residencia definitiva fue rechazada por no contar con un certificado de antecedentes penales actualizado. No obstante, explicó que en reiteradas ocasiones comunicó la imposibilidad de obtener dicho documento, el cual le llegó un día después de dictada la resolución, logrando su legalización en el Consulado de Cuba en Chile. Pese a ello, el Servicio rechazó su petición de incorporar el certificado extemporáneamente.
La Corte de Apelaciones acogió el recurso presentado, haciendo presente la recurrente acompañó el documento exigido en esta sede, además se debe tener en consideración que es madre de dos niños de nacionalidad chilena, elementos de trascendencia para la decisión administrativa que debe adoptar la recurrida.