Fallo anula expulsión por falta de notificación en procedimiento.
El 17 de marzo de 2025, la Corte Suprema, en la causa Rol N° 5.591-2025, confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, la cual acogió parcialmente el reclamo de ilegalidad interpuesto en contra del Servicio Nacional de Migraciones. En virtud de dicho fallo, se dejó sin efecto la Resolución Exenta N° 24507884, de fecha 6 de noviembre de 2024, ordenando que el Servicio de Migraciones emita una nueva resolución.
El caso se originó a raíz de un reclamo de ilegalidad administrativa contra el Servicio Nacional de Migraciones, impugnando la Resolución Exenta N° 24507884, que dispuso la expulsión del territorio nacional de la recurrente y la prohibición de ingreso por un período de cinco años. La afectada argumentó que no fue notificada del inicio del procedimiento sancionatorio, lo que le impidió ejercer su derecho a defensa, configurando una infracción a las normas que rigen el procedimiento administrativo sancionador en materia migratoria.
La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió el reclamo al constatar que no existían antecedentes que acreditaran una notificación efectiva del inicio del procedimiento sancionatorio. El tribunal enfatizó que, conforme al artículo 132 bis de la Ley N°21.325, el procedimiento sancionatorio debe iniciarse con la emisión del acto administrativo correspondiente y su notificación efectiva, la cual debe ser realizada por la Policía de Investigaciones de Chile al momento de efectuarse la respectiva denuncia.
Ante la apelación del Servicio Nacional de Migraciones, la Corte Suprema confirmó la sentencia, agregando que la recurrente tiene un hijo nacido en Chile fruto de una relación de convivencia. Dicha circunstancia, sobreviniente a la decisión administrativa, no fue considerada en su oportunidad por la autoridad migratoria, afectando la valoración de los fundamentos que sustentaban la resolución. En consecuencia, el tribunal supremo determinó que el Servicio de Migraciones debe dictar una nueva resolución, garantizando el debido proceso y considerando los nuevos antecedentes del caso.