10-05-2025
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Corte Suprema confirma rechazo de acción de protección por proyecto de Saneamiento en Las Salinas

Los hechos están siendo conocidos en otras instancias administrativas y judiciales, por lo que los hechos alegados, se encuentran bajo el amparo del derecho.

El pasado 6 de abril, la Tercera Sala de la Corte Suprema, en la causa Rol N° 60.972-2024, confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso el 5 de diciembre de 2024, la cual rechazó la acción de protección interpuesto por la Corporación Parque Las Salinas en contra de Inmobiliaria Las Salinas Limitada.

La Corporación presentó este recurso alegando que las acciones y omisiones de la inmobiliaria vulneraban derechos fundamentales garantizados en el artículo 19 N° 1, 2 y 8 de la Constitución Política de la República. Argumentó que el terreno Las Salinas, ubicado en Viña del Mar, ha sido históricamente un foco de contaminación producto de más de 80 años de actividad industrial, lo que ha dejado residuos como hidrocarburos, metales pesados y compuestos orgánicos volátiles en el suelo y el agua. En este contexto, se cuestiona el proyecto de remediación ambiental impulsado por la inmobiliaria (ligada a COPEC), por considerar que presenta deficiencias técnicas y legales.

Entre las observaciones al proyecto, la Corporación señaló errores en la elección de tecnologías de remediación, metodologías de muestreo, y una evaluación insuficiente de los riesgos a la salud humana. Además, denunció que las obras comenzaron sin responder a observaciones críticas sobre el sistema de pilas biológicas ni presentar un análisis completo de los riesgos involucrados. En este sentido, argumentó que el proyecto no cumpliría con lo exigido por el artículo 16 de la Ley N° 19.300, que impone la inclusión de medidas adecuadas de mitigación, compensación o reparación. En consecuencia, solicitó la paralización de las obras, el retiro de las faenas y la intervención fiscalizadora de la Superintendencia del Medio Ambiente.

Por su parte, Inmobiliaria Las Salinas S.A. respondió señalando que la iniciativa ya cuenta con una Resolución de Calificación Ambiental favorable (RCA N° 24/2020), y que desde entonces se han presentado al menos siete intentos similares de suspender sus efectos, todos los cuales han sido rechazados en instancias tanto judiciales como administrativas.

La Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó el recurso considerando que los hechos expuestos se encuentran actualmente siendo conocidos en otras instancias jurisdiccionales, específicamente ante el Segundo Tribunal Ambiental, bajo las causas roles N° R-375-2022, R-416-2023, R-420-2023, R-421-2023 y R-422-2023. Cabe destacar que el 2 de julio de 2024, dicho tribunal realizó una inspección personal del predio Las Salinas y del área de playa contigua en Viña del Mar, lo que refuerza que el asunto está siendo analizado en la sede judicial especializada correspondiente.

Asimismo, la Corte señaló que es competencia de la Superintendencia del Medio Ambiente fiscalizar el cumplimiento de las condiciones establecidas en la RCA, incluyendo aquellas derivadas de decisiones del Comité de Ministros. Dado que esta autoridad aún no ha emitido un pronunciamiento definitivo sobre las materias reclamadas, no procede anticiparse a dicha resolución.

En conclusión, la Corte determinó que no se reúnen los requisitos para acoger la acción constitucional de protección, sin perjuicio de que los recurrentes puedan ejercer otras acciones legales ante las instancias pertinentes.

No obstante, la decisión de la Corte Suprema no fue unánime. La Ministra señora Ravanales votó en contra de confirmar la sentencia, considerando que debió acogerse el recurso al menos para ordenar el cumplimiento del considerando 11 bis de la RCA N° 24/2020, ya que no consta que se haya presentado previamente el plan de monitoreo exigido, lo que constituiría un acto de autotutela no amparable legalmente, especialmente considerando que aún están pendientes varias reclamaciones judiciales que abordan aspectos de fondo del proyecto.

Corte Suprema rol N° 60.972-2024
Corte de Apelaciones de Valparaíso

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