03-12-2024
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Corte Suprema no está en condiciones para adoptar las providencias para restablecer el imperio del Derecho

Revocó sentencia que acogió acción de protección por alza de precio del plan de salud.

El pasado 05 de octubre la Tercera Sala de la Corte Suprema en causa rol N° 58.554-2022 revocó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Chillán y en su lugar rechazó la acción de protección intentada.

Ante la Corte de Apelaciones de Chillán se interpuso una acción de protección en contra de la Isapre Colmena S.A., impugnando la modificación unilateral del precio base del plan de salud de la recurrente, sin justificación alguna.

Dicha Corte de Apelaciones conociendo de la acción, la acogió, dejando sin efecto sin efecto el proceso de adecuación del precio base del plan de salud del afiliado, el que debe entenderse vigente en las mismas condiciones generales existentes a la fecha de la carta de adecuación.

Apelada la decisión, la Corte Suprema revocó la decisión de la Corte de Apelaciones, recordando una serie de sentencias dictadas por ese mismo tribunal, por medio de la cuales acogió las acciones cautelares, al estimar que las Isapres actuaron de manera ilegal y arbitraria al comunicar a sus afiliados un alza del precio base de sus planes de salud, pues al hacerlo no justificaron dicha modificación en los factores contemplados en la normativa vigente, limitándose a exponer como sustento de su determinación razones vagas, genéricas e imprecisas que no satisfacen el mandato legal.  Por medio de dichas sentencias se dejó sin efecto la comunicación dirigida por la Isapre recurrida a la Superintendencia por cuyo intermedio informa que subirá en un 7,6% el precio base de todos sus planes de salud.

En razón de lo anterior, la Corte consideró que actualmente no se encontraba en condiciones de adoptar las providencias que se han impetrado como necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado.

Corte Suprema Rol N° 58.554-2022

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