El máximo tribunal revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago y rechazó la acción. La decisión consideró que la controversia ya estaba siendo conocida por la Superintendencia de Salud.
El máximo tribunal respaldó el criterio de la Corte de Apelaciones de Santiago y sostuvo que la controversia sobre la cobertura médica exigía un procedimiento de lato conocimiento y no podía resolverse por vía cautelar.
El máximo tribunal validó que la cobertura GES–CAEC no se extiende a prestaciones realizadas en prestadores fuera de la red, aun cuando el ingreso haya sido por urgencia. Se mantuvo la interpretación estricta del régimen legal.
El fallo descartó que la Circular IF N° 396 solo rija para planes nuevos y sostuvo que también alcanza a contratos anteriores por su carácter de tracto sucesivo.
El máximo tribunal validó la actuación de la aseguradora al acreditarse que el afiliado conocía su diagnóstico previo, descartando ilegalidad o arbitrariedad.
El máximo tribunal descartó ilegalidad en la negativa de cobertura del fármaco, al no acreditarse riesgo vital actual ni vulneración de garantías constitucionales.
En conversación con Actualidad Jurídica: el blog de DOE, la profesora titular de Derecho Civil de la Universidad de Valparaíso, Rommy Álvarez Escudero, aborda el derecho a la autodeterminación de niños, niñas y adolescentes (NNA) en el ámbito sanitario a partir de su investigación sobre los derechos de la personalidad de NNA en el contexto de la atención de salud.
La trabajadora buscaba revertir el efecto liberatorio de un finiquito respecto de acciones de declaración de relación laboral, unidad económica y nulidad del despido.
Máximo tribunal sostuvo que la administración no solo está facultada, sino obligada a recuperar fondos públicos pagados erróneamente, respetando límites legales en los descuentos.