Los permisos de que se trata son esencialmente precarios, sin que respecto de estos pueda predicarse un derecho indubitado.
El 17 de julio la Corte Suprema en causa rol N° 25.903-2025 confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso la que rechazó la acción de protección interpuesta en contra de la Ilustre Municipalidad de Valparaíso.
La acción de protección se interpuso por una emprendedora independiente en contra de la Ilustre Municipalidad de Valparaíso , por el acto arbitrario e ilegal consistente en denegación tardía e injustificada para ocupar La Plaza Cívica de Valparaíso espacio que históricamente ella y su agrupación han utilizado para desarrollar su actividad en el marco de la fecha comercial clave del Día de la Madre, que comenzó el día 2 de mayo de 2025, lo que implica una exclusión injustificada de emprendedores locales por la asignación del espacio a una carpa privada sin procedimiento transparente, vulnerando con ello las garantías constitucionales establecidas en los numerales 2, 3, y 21 del artículo 19 de la Constitución Política de la República.
Al respecto, la Corte de Apelaciones rechazó la acción haciendo presente que los permisos de que se trata son esencialmente precarios, sin que respecto de los mismos pueda predicarse un derecho indubitado que pudiera avalar la pretensión de la actora y, habiéndosele ofrecido una alternativa para ejercer su é actividad económica en el día señalado, no se observa un perjuicio que pudiera ser reparado a través de esta vía constitucional.
Apelada dicha decisión, la Corte Suprema, la confirmó.