26-04-2025
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Corte Suprema ratificó rechazó de demanda de indemnización de perjuicios en contra el Fisco por prisión preventiva de inocentes

La formalización y prisión preventiva de dos personas, posteriormente absueltas, se basó en antecedentes periciales que justificaban la actuación del ente persecutor.​

El pasado 16 de abril, la Tercera Sala de la Corte Suprema, en la causa rol N° 35.476-2024, rechazó un recurso de casación en el fondo interpuesto por la parte demandante, confirmando así la sentencia dictada el 12 de julio de 2024 por la Corte de Apelaciones de Santiago.

El caso se originó a partir de una demanda de indemnización de perjuicios por falta de servicio, presentada por dos personas que fueron imputadas, formalizadas y mantenidas en prisión preventiva por casi dos años, para luego ser absueltas en sentencia definitiva dictada el 24 de febrero de 2017 (RUC N° 1.401.147.223-1, RIT N° 191-2016). La acción también incluyó a sus familias, quienes alegaron haber sufrido daños como consecuencia del actuar injustificado del Ministerio Público, el cual las acusó de delitos de porte de artefactos explosivos o incendiarios y de incendio en lugar habitado, ambos en grado de consumado.

La demanda fue rechazada inicialmente por el 17° Juzgado Civil de Santiago, que estimó que al momento de la detención y formalización de las actoras, el Ministerio Público contaba con antecedentes periciales que justificaban su actuar. En particular, se destacó la existencia de informes genéticos que vinculaban a las demandantes con evidencia recogida en el sitio del suceso (un basurero en el tercer piso de la sede Condell de la Universidad Academia de Humanismo Cristiano). Aunque la defensa cuestionó desde un inicio dichos informes y sus métodos, la coincidencia genética permitió al tribunal descartar la existencia de una actuación arbitraria o errónea por parte del órgano persecutor.

La sentencia fue apelada y confirmada por la Corte de Apelaciones de Santiago. En contra de esta resolución, se dedujo recurso de casación en el fondo, alegando infracción a los artículos 3° y 5° de la Ley Orgánica Constitucional del Ministerio Público. La recurrente argumentó que la absolución penal evidenciaba que el Ministerio Público había actuado de manera ilógica al no considerar versiones alternativas de los hechos ni tomar declaraciones a testigos durante los ocho meses de investigación desformalizada ni durante los diecisiete meses posteriores de investigación formalizada.

La Corte Suprema rechazó el recurso, señalando que no se denunció la infracción de normas reguladoras de la prueba y que el recurso pretendía que se revisaran los hechos establecidos soberanamente por los jueces de instancia, lo cual no es procedente en sede de casación. Asimismo, indicó que la existencia de antecedentes objetivos como informes periciales y la vinculación de las demandantes con otros imputados justificaban la formalización y persecución penal, descartando así un actuar arbitrario por parte del Ministerio Público.

Finalmente, el máximo tribunal sostuvo que la casación tiene por objeto revisar la correcta aplicación del derecho, pero sobre la base de los hechos establecidos por los jueces de instancia, los cuales no pueden ser modificados salvo que se haya acreditado una infracción a normas reguladoras de la prueba, lo que no ocurrió en este caso. Por ello, concluyó que el recurso carecía de fundamento y no podía prosperar.

Corte Suprema rol N° 35.476-2024

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