30-10-2024
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DT autorizó pago del bono compensatorio del derecho a sala cuna mientras se mantengan las condiciones

Esto es, ausencia de sala cuna particular autorizada que ofrezca el servicio de sala cuna en la comuna de Panguipulli.

El pasado 16 de febrero la Dirección del Trabajo emitió el Ordinario N° 122 mediante el cual autorizó el pago del bono compensatorio del derecho a sala cuna mientras se mantengan las condiciones establecidas, esto es, ausencia de sala cuna particular autorizada que ofrezca el servicio de sala cuna en la comuna de Panguipulli.

Cabe tener presente que se solicitó una autorización a la DT para efectos de pactar un bono compensatorio de sala cuna con todas las trabajadoras de su dependencia que tenga hijos menores de 2 años de edad por un monto de $350.000, debido a la inexistencia de salas cunas particulares en la comuna de Panguipulli.

Al respecto la DT hizo presente que los empleadores tienen la obligación de disponer salas cunas, la cual puede ser cumplida mediante:

  1. Creando y manteniendo una sala cuna anexa e independiente de los lugares de trabajo.
  2. Construyendo o habilitando y manteniendo servicios comunes de sala cuna con establecimiento de empresas que se encuentren en la misma área geográfica.
  3. Pagando directamente los gastos de sala cuna al establecimiento al que la trabajadora lleve a sus hijos menores de 2 años.

En caso que no se de cumplimiento a dicha obligación legal, el empleador puede dar cumplimiento mediante la entrega de una suma de dinero equivalente o compensatoria de los gastos que irrogaría la tención del menor en una sala cuna.

Así, la DT señaló que ese bono es para casos excepcionales que así lo ameriten, como por ejemplo, tratándose de trabajadoras que laboran en una localidad en que no exista ningún establecimiento que cuente con la autorización de la JUNJI; cuando las trabajadoras se desempeñen en faenas mineras ubicados en lugares apartados de centros urbanos; aquellas que presten servicios en horario nocturno o cuando las condiciones de salud y problemas médicos que el niño o niña padecen aconsejen no enviarlo a sala cuna.

En el caso en concreto en la comuna de Panguipulli no existen sanas cunas privadas con reconocimiento de la JUNJI o del Ministerio de Educación, por lo que autorizó a la Corporación Municipal de Panguipulli pagar un bono compensatorio.

Ordinario N° 122

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