La medida adoptada en el caso propuesto se enmarcó en el ejercicio de facultades discrecionales basadas en antecedentes concretos.
El 06 de agosto la Corte Suprema en causa rol N° 9.174-202 confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó la acción de protección interpuesto en contra del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
Cabe tener presente que un ex funcionario público interpuso una acción de protección en contra del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por la dictación de la Resolución Exenta N° 3.169 de la Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por medio de la cual se rechazó la solicitud de invalidación de fecha 25 de mayo del año 2023, interpuesta, a su vez, en contra del Decreto Exento N° 280/378/2022 del 03.MAR.022, del Ministerio del Interior y Seguridad, que dispuso el retiro absoluto del recurrente de la institución, como consecuencia del proceso de calificaciones, lo que importaría la afectación de las garantías previstas en los N° 2, 3, 4 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, solicitando que se acoja el presente recurso y que se deje sin efecto el acto impugnada, así como la eliminación del recurrente de la Policía de Investigaciones, disponiendo reintegro.
La Corte de Apelaciones de San Miguel rechazó la acción de protección interpuesta, toda vez que el asunto excede con creces los límites para los cuales está establecida la presente acción cautelar. Asimismo, señaló que la medida adoptada en el caso propuesto se enmarcó en el ejercicio de facultades discrecionales basadas en antecedentes concretos, como es el antecedente administrativo, aspecto sensible dado que afecta al servicio policial, atendidos los ilícitos que se investigan, ello sin perjuicio de la afectación a la imagen institucional.
En efecto, el procedimiento tuvo como consecuencia la aplicación de una medida disciplinaria, y su posterior inclusión en la Lista Anual de Retiros de la Policía de Investigaciones de Chile del año 2021, la que se llevó a efecto con plena sujeción al marco regulatorio de dicha Policía, solicitándose cuenta escrita al ex funcionario, quien la entregó teniendo la oportunidad procesal para plantear sus puntos de vista y sus alegaciones.
Apelada dicha decisión, la Corte Suprema la confirmó.