20-04-2024
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Entra en vigencia el Reglamento General de la Academia Judicial

Esta corporación imparte programas educativos para formar, habilitar y perfeccionar a miembros del Poder Judicial.

Este 05 de abril, tras su publicación en el Diario Oficial, entró en vigencia el Reglamento General de la Academia Judicial, una corporación de derecho público, creada por ley N° 19.346 de 1994, y que tiene como objetivos principales la formación de los postulantes al escalafón primario, la habilitación para optar al cargo de ministro o ministra y fiscal judicial de Corte de Apelaciones y el perfeccionamiento de todos los integrantes del Poder Judicial.

Según el reglamento, la dirección superior de la Academia estará a cargo de un Consejo Directivo, que será presidido por el/la Presidente de la Corte Suprema, o quien lo subrogue en tal cargo.

En el documento también se señala que en los procesos de selección para el programa de formación pueden participar todos/as aquellos/as interesados/as que acrediten ser chilenos/as, estar en posesión del título de abogado/a y no tener las incapacidades del artículo 256 del Código Orgánico de Tribunales.

Una vez decidida la admisión de un candidato al curso, éste será incorporado formalmente a través de la suscripción de un contrato, en virtud del cual el alumno se obliga a desarrollar y completar el curso del programa de formación ciñéndose a las correspondientes reglas legales, reglamentarias y académicas, a no realizar actividades profesionales, sean o no lucrativas, o de otro tipo mientras dure el curso, y a desarrollar, durante el mismo, una conducta acorde con la función que puede llegar a ejercer en el caso de ser nombrado juez o jueza de la república.

Reglamento General de la Academia Judicial

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