21-11-2024
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Establecen protocolo de prevención del Coronavirus para funcionarios públicos

Entre las medidas se recomienda establecer un número máximo de usuarios al interior del recinto de atención, contar con horarios diferenciados para la atención de público adulto mayor, entre otras.

El 30 de abril, la Superintendencia de Seguridad Social en conjunto con el Instituto de Seguridad Laboral publicaron el «protocolo de prevención covid-19 para funcionarios/as públicos y espacios de atención ciudadana», el que se enmarca dentro del contexto de reintegro de los funcionarias y funcionarios públicos a sus lugares de trabajo. Para ello, dichos organismos emitieron el protocolo que consagra un conjunto de recomendaciones y directrices para un adecuado reintegro a sus lugares de trabajo, velando tanto por la protección de la salud como por la prevención de contagio.

Respecto a las condiciones básicas de trabajo presencial, cada servicio debe proveer los elementos de protección para sus funcionarios, a fin de cautelar la integridad de los mismos. Entre los elementos que deben entregar se encuentran las mascarillas que cubran nariz y boca y alcohol gel. Además, de manera opcional, pueden entregar guantes quirúrgicos e instalar acrílico protector en módulos de atención o protección facial/ocular para el personal que atienda público.

En relación a las instrucciones dirigidas a los servicios para la prevención de contagio en sus lugares de trabajo, se recomienda lo siguiente. En primer lugar, se debe informar a los funcionarios sobre el Covid-19, además se debe ir monitoreando el estado de salud de ellos, y contar con los protocolos para actuar en caso de sospecha de un posible contagio. También se sugiere otorgar facilidades para realizar labores trabajo por medio de teletrabajo a aquellos funcionarios que estén en situación de vulnerabilidad. En segundo lugar, se debe asegurar la limpieza e higiene del lugar de trabajo, para ello la limpieza y desinfección de los lugares de trabajo se debe realizar conforme al Protocolo de Limpieza y desinfección de Ambientes – COVID-19 del Ministerio de Salud. Además, se deben mantener los ambientes limpios y ventilados y limpiarse de forma regular las superficies y objetos tales como escritorios, mesas, teléfonos, teclados, etc. En tercer lugar, los servicios deben promover medidas individuales en los funcionarios. En tal sentido, cada servicio debe facilitar las condiciones e implementos necesarios para el lavado de manos, disponer de alcohol gel permanente, mantener distancia entre las personas de un metro de distancia, no compartir artículos de higiene, entre otras medidas. En cuarto lugar, respecto a las reuniones, se debe promover las reuniones no presenciales utilizando medios electrónicos. En caso de que las reuniones no se puedan reemplazar por medios electrónicos, se sugiere reducir el número de personas que participen en la reunión, organizarlas de modo que los participantes estén a un metro de distancia entre si, contar con acceso a lavado de manos o en caso que no contar con alcohol gel, conservar los datos de los participantes de la reunión por medio de un mes.

En cuanto a la gestión de los riesgos psicosociales y la protección de la salud mental de los funcionarios, se recomienda disponer cada institución de canales de comunicación a fin de entregar orientación y apoyo emocional a los trabajadores. Además, de ir rotando por turnos de trabajo para bajar el tiempo de exposición al riesgo.

En relación a las acciones frente a los funcionarios que presenten síntomas, se debe distinguir. En primer término, respecto con aquellos funcionarios que presenten síntomas relacionados con el Covid-19, dicho funcionario debe quedarse en su hogar, consultar de manera inmediata a un médico. Agrega que, si estima que se contagió en su lugar de trabajo, debe avisar a su empleador para que sea derivado al Instituto de Seguridad Laboral o a la Mutual. En segundo término, en el caso que el funcionario presente síntomas mientras se encuentre en su lugar de trabajo debe dar aviso de inmediato a su jefatura. A su vez, su empleador deberá dar aviso a la SEREMI de salud. Además, de manera preventiva se debe limpiar y desinfectar toda el área de trabajo donde estuvo dicha persona.

Ahora bien, en lo referente al protocolo para la atención de público, se deberá informar a los usuarios mediante carteles que se está llevando a cabo una campaña de prevención de contagio por Coronavirus. Asimismo, se debe informar por medio del sitio web y carteles en los lugares de atención, los horarios de atención y las medidas requeridas para la atención e ingreso de los usuarios.

Respecto a las medidas organizacionales, se recomienda establecer un número máximo de usuarios al interior del recinto de atención, contar con horarios diferenciados para la atención de público adulto mayor, dar acceso preferencial a las personas mayores de 60 años, embarazadas, personas en situación de discapacidad, entre otras recomendaciones.

En cuanto a las medidas especificas de higiene y prevención de contagio, los usuarios deben organizar en filas conservando una distancia de 1 metro entre las personas, además en caso de contar con termómetro de rayo se recomienda tomar la temperatura a cada usuario al ingresar a las oficinas, se debe procurar la entrega de mascarillas para proporcionar a usuarios que no dispongan de ellas. Asimismo, se sugiere desinfectar frecuentemente el puesto de trabajo, disponer de alcohol gel para las personas que ingresen a la oficina y para los funcionarios, entre otras recomendaciones.

Protocolo Covid19 SUSESO

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