La recientemente promulgada ley contra delitos económicos y medioambientales ha captado la atención de expertos en el área, quienes aseguran que, si bien esta legislación es un gran avance, todo dependerá de la forma en que se aplique por parte del Ministerio Público y los tribunales de Justicia.
Chile enfrenta un desafío creciente en el ámbito de los delitos económicos, que incluyen fraude, lavado de dinero, evasión fiscal y corrupción empresarial.
Para hacer frente a esta amenaza, el gobierno ha implementado una serie de medidas integrales, por ejemplo, el fortalecimiento de las leyes existentes para imponer penas más severas a los delincuentes económicos, con el fin de disuadir la actividad delictiva.
Sin embargo, el hito más importante es la promulgación de la ley contra delitos económicos y atentados contra el medioambiente, el pasado 7 de agosto.
Esta ley establece diversas modificaciones que buscan prevenir la comisión de delitos económicos, a través de imposición de mayores exigencias a las personas jurídicas y sus sistemas de cumplimiento interno, así como también a los directivos y gerentes de las empresas.
Además, establece un estatuto diferenciado de determinación de pena para los denominados delitos “de cuello y corbata”. Es decir, cuando el delito tenga una pena teórica de presidio o reclusión, será mucho más probable que deba cumplirse con privación de libertad, con el fin de evitar que se produzca la sensación de impunidad frente a la comisión de delitos económicos.
En tanto, determinados delitos deberán ser -siempre- considerados económicos, de acuerdo a su naturaleza y, en caso, se deberá aplicar un estatuto especial de agravantes y atenuantes; como multas y sustitución de penas.
El abogado y magíster en Derecho Penal, Mauricio Daza Carrasco, aseguró que la nueva ley cierra la puerta a la impunidad, no solo ampliando las hipótesis en que se van a castigar los fraudes cometidos en este ámbito, sino que, además, estableciendo que la persona jurídica también va a responder de estos ilícitos.
“Por otra parte, se definen penas y agravantes especiales que permitirán llegar hasta la cúpula de la administración de las empresas, terminando con la práctica de castigar solo a funcionarios de mediano o bajo rango dentro de la organización”, asegura el experto.
Además, Daza considera que esta ley impide que se vuelvan a pactar cuestionables acuerdos que garantizan impunidad, como el ocurrido en el Caso Penta, donde se acordaron clases de ética para los dueños del grupo por hechos graves y reiterados que hoy podrían recibir una sanción efectiva y ejemplar.
“Lo anterior es muy valioso, ya que la convicción de impunidad es algo que incentiva la realización de delitos en el ámbito económico, especialmente cuando se trata de grandes grupos y de sus principales ejecutivos, lo que con esta ley debería tener punto final”, dice el abogado.
Sin embargo, Daza concluye sosteniendo que todo depende de la forma en que el Ministerio Público y los tribunales apliquen esta nueva legislación en la práctica.