13-03-2026
HomeNoticiasGobierno ingresa proyecto de ley que moderniza el régimen normativo de las corporaciones y fundaciones

Gobierno ingresa proyecto de ley que moderniza el régimen normativo de las corporaciones y fundaciones

El proyecto establece reglas claras para el otorgamiento de la personalidad jurídica a organizaciones sin fines de lucro y limita la discrecionalidad en el control que realiza el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

El 08 de septiembre ingresó a la Cámara de Diputados el Boletín N° 17817-07, el cual moderniza el régimen normativo de las corporaciones y fundaciones, y fortalece su fiscalización.

El proyecto de ley busca modernizar el régimen normativo de las corporaciones y fundaciones regidas por el título XXXIII del Libro Primero del Código Civil, robusteciendo las atribuciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos al momento del control de legalidad en su constitución –Control Ex Ante-; y fortaleciendo sus potestades de fiscalización y sanción en su funcionamiento –Control Ex Post-.

El proyecto establece reglas claras para el otorgamiento de la personalidad jurídica a organizaciones sin fines de lucro y limita la discrecionalidad en el control que realiza el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, centrándolo en un control de legalidad y mediante la consagración de procesos con plazos acotados, con silencio positivo y el recurso para reclamar en caso de ilegalidad.

En base a lo anterior busca crear una ley que moderniza el régimen normativo de las personas jurídicas sin fines de lucro; crea un registro público de dichas organizaciones, y fortalece las facultades de fiscalización y la potestad sancionatoria del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

Además, establece un nuevo procedimiento estandarizado para el control de legalidad y el otorgamiento de la personalidad jurídica sin fines de lucro.

Por otro lado, si bien mantiene el modelo registral que instauró la ley N° 20.500, se busca incorporar algunas modificaciones. Al respecto, el acto constitutivo de las corporaciones y fundaciones deberá realizarse en presencia de un notario, un Oficial del Servicio de Registro Civil e Identificación, o un funcionario municipal autorizado por el alcalde. Luego, se exige la inscripción en el Registro de Personas Jurídicas Sin Fines de Lucro, de todas las corporaciones y fundaciones, acto que debe realizarse ante el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El referido ministerio no podrá negar el registro de una entidad legalmente constituida que así lo requiera, ni objetar las cláusulas de los estatutos que reproduzcan los modelos que dicho Ministerio haya aprobado. Este proceso contempla plazos acotados y la posibilidad de reclamar frente a ilegalidades.

Boletín N° 17817-07

Comparte el contenido:
Etiquetas de Publicación