Privan de la ciudadanía, esto es fundamentalmente, del derecho a voto y a ser electo (ciudadanía activa y pasiva).
El 25 de julio ingresó a la Cámara de Diputados el boletín Nº 16119-07, proyecto de reforma constitucional por el que se priva de la ciudadanía al condenado por corrupción.
El presente proyecto de ley tiene como objetivo agregar entre los delitos que privan de la ciudadanía, los cometidos por autoridades o funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones.
Lo anterior engloba a todos los delitos del Título Quinto del Libro II del Código Penal “De los Crímenes y Simples Delitos Cometidos por Empleados Públicos en el Desempeño de sus Cargos”, entre los que se encuentran los ilícitos de malversación de caudales públicos, fraude, apropiaciones indebidas, cohecho, malversación de caudales públicos, entre otros.
Por ende, el funcionario o autoridad condenado por corrupción se le privará en lo sucesivo de la ciudadanía y no podrá en consecuencia votar, optar a cargos públicos ni desempeñarse en la administración pública, con la sola excepción de quienes hubieren obtenido la rehabilitación del Senado de la República.