Tratándose de los contratos de prestación de servicios educacionales, estos no podrán ser pactados en unidades de fomento, debiendo estipularse en moneda nacional.
El 03 de abril ingresó a la Cámara de Diputados el boletín Nº 15787-03, proyecto de ley que busca establecer que el cobro de aranceles de los establecimientos educacionales sea en pesos y reajustable en IPC.
Según consta en el presente proyecto de ley, la Constitución Política de la República establece en su artículo 19 Nº 10 y 11 normas que se encuentran centradas en el derecho fundamental de la libertad de enseñanza, no así en el derecho a la educación.
Con esto, el proyecto busca establecer que el cobro de aranceles de los establecimientos educacionales a nivel básico, superior y universitario sea cobrado en pesos, reajustable de acuerdo con el Índice de Precios al Consumidor.
Por consiguiente, la iniciativa modifica el artículo 17 D del Decreto con fuerza de ley Nº 3 de 2019, que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores, y agrega un inciso final que “tratándose de los contratos de prestación de servicios educacionales, estos no podrán ser pactados en unidades de fomento, debiendo estipularse en moneda nacional”.