26-04-2024
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Iniciativa busca facilitar la venta de predios rústicos, resguardando factores de conservación

El plan de manejo deberá ser aprobado por la Secretaría Regional de Vivienda y Urbanismo.

El 29 de noviembre ingresó al Senado el boletín Nº 15.529-14, proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales, para facilitar la venta de predios rústicos resguardando factores de conservación.

El proyecto de ley, establece que cuando el predio original se conserve su uso agrícola, ganadero o forestal en al menos el treinta 30 por ciento, cumpliendo un plan de manejo aprobado por la Secretaría Regional de Vivienda y Urbanismo.

Asimismo, el plan de manejo debe especificar el objeto de destino, individualización de quien lo ejecutará y fracción de tiempo durante el cual se realizará. Los lotes resultantes, no deben ser más que si se hubiera subdividido en lotes de 0,5 hectáreas, y tendrán que contar con urbanización respectiva de acuerdo con la ley General de Urbanismo y Construcción.

Por último, la moción señal que no será permitido abrir calles, subdividir para formar poblaciones ni levantar construcciones, salvo aquellas que fueren necesarias para la explotación agrícola del inmueble, o para viviendas del propietario del mismo y sus trabajadores, o para la construcción de conjuntos habitacionales de viviendas sociales o de viviendas de hasta un valor de 1.000 unidades de fomento, que cuenten con los requisitos para obtener el subsidio del Estado.

Boletín Nº 15.529-14

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