04-12-2024
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Iniciativa de ley busca la normalización gradual de las tarifas de energía eléctrica

El proyecto establece un subsidio transitorio para los años 2024, 2025 y 2026, dirigido al pago del consumo eléctrico de los clientes residenciales más vulnerable de la población.

El pasado 16 de enero ingresó el mensaje presidencia Boletín N° 16576-08 que modifica diversos cuerpos legales, en materia de estabilización tarifaria.

Los fundamentos del proyecto de ley son la estabilización y normalización gradual de las tarifas de energía eléctrica; la certeza y simplificación en la operación de los instrumentos vigentes; y abordar los incrementos en el costo de la vida para las familias más vulnerables.

El proyecto de ley perfecciona el Fondo de Estabilización de Tarifas siendo su objetivo estabilizar las tarifas de los clientes el cual será administrado por la Tesorería General de la Republica y su vigencia y los cargos que lo financian no excederán del 31 de diciembre de 2035.

La iniciativa señala que el Mecanismo de Protección al Cliente (MPC) aumenta el máximo contemplado para la operación del mecanismo a un total de 5.500 millones de dólares. Además, se actualizaron los niveles de precios aplicables a los distintos periodos tarifarios. Por otra parte se propone cambiar la actual formulación del “Cargo MPC” por una que explicite un valor de carácter fijo, de modo de extinguir de manera progresiva los saldos originados por la implementación de la ley N° 21.185 y de la ley N° 21.472. Para los periodos tarifarios de los años 2024 al 2027, dicho cargo será de 22 pesos, el cual se reajustará semestralmente conforme al IPC considerando como base enero 2024; mientras que para los períodos tarifarios de los años 2028 al 2035 será de 9 pesos, ajustándose al IPC, considerando como base el mes de enero de 2028.

En cuanto al pago de los saldos adeudados el proyecto señala que desde su entrada en vigencia al 31 de diciembre de 2027 se pagarán los saldos con ocasión de la ley N° 21.185 y los documentos de pago emitidos por la Tesorería General de la República hasta alcanzar un monto de 1.800 millones de dólares de Estados Unidos de América. Y a partir del 1 de enero de 2028, se restituirán los saldos adeudados con ocasión de la ley N° 21.472 y de los documentos de pago que se originen con aplicación de la ley, debiéndose extinguir la deuda, a más tardar, el 31 de diciembre de 2035.

La iniciativa busca el descongelamiento del Valor Agregado de Distribución (VAD).

También el proyecto establece un subsidio transitorio para el consumo eléctrico que permiten viabilizar la aplicación del subsidio transitorio regulado en el artículo 151° de la Ley General de Servicios Eléctricos, para los años 2024, 2025 y 2026, dirigido al pago del consumo eléctrico de clientes residenciales pertenecientes al segmento más vulnerable de la población. Para esos efectos se habilita el financiamiento del subsidio, hasta un monto máximo de 120 millones de dólares de los Estados Unidos de América o su equivalente en moneda nacional, provenientes del Fondo de Protección de Tarifas, así como los demás recursos que disponga la ley. Estos recursos permitirían beneficiar, en principio, a 850.000 familias.

www.doe.cl/alerta/17012024/202401173050

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