Será la Dirección de Presupuestos la encargada de la ejecución de las evaluaciones.
El Diario Oficial publicó este 21 de abril, el Decreto N° 2.068 del Ministerio de Hacienda, en que aprueba el reglamento para el funcionamiento del Sistema de Evaluación de Programa e Instituciones Públicas, establecido en el artículo 52 del Decreto Ley Nº 1.263, Orgánico de Administración Financiera del Estado.
Con esto, se busca, anualmente, efectuar evaluaciones de programas sociales, de fomento productivo y de desarrollo institucional incluidos en los presupuestos de los servicios públicos.
El reglamento establece 6 líneas de evaluación que son: Evaluación de Programas Gubernamentales (EPG), Evaluación de Impacto de Programas (EI), Evaluación del Gasto Institucional (EGI), Evaluación Focalizada del Ámbito (EFA), Evaluación Sectorial (ES), y Revisión de Gasto (RG).
Según el Decreto, será la Dirección de Presupuestos la responsable de la ejecución de las evaluaciones, las que se efectuarán con sus profesionales especializados, y/o a través de la contratación de evaluadores y expertos externos, universidades, entidades consultoras u organismos internacionales con competencia en el área de la evaluación.
Finalmente, el reglamento señala que los informes finales de cada evaluación deberán ser enviados a la Comisión Permanente de Presupuestos del Congreso Nacional y a las instituciones públicas con responsabilidades sobre la toma de decisiones que afectan al programa o institución respectiva, dentro del plazo de 60 días contados desde su finalización. Además, dichos informes estarán disponibles a través de la página web de la Dirección de Presupuestos.