Otorga la atribución de superintendencia directiva, correccional y económica del Ministerio Público a este consejo.
El pasado 11 de noviembre ingresó a la Cámara de Diputados el boletín N° 17229-07, el cual modifica la Carta Fundamental para crear el Consejo Nacional de Investigación Criminal.
El objetivo es incorporar la figura del “Consejo Nacional de la Investigación Criminal”, el cual tendrá como misión la elaboración de la política nacional para combatir el delito y el crimen, además de la atribución para designar al Fiscal Nacional y ratificar el nombramiento de los Fiscales Regionales. Además de ello, otorga la atribución de superintendencia directiva, correccional y económica del Ministerio Público a este consejo.
El Consejo estará integrado por cinco miembros, denominados consejeros, expertos de reconocido prestigio profesional o académico, con al menos veinte años de título profesional de abogado, los que duraran ocho años en sus cargos, sin posibilidad de ser reelegidos y se renovaran en parcialidades. De sus cinco integrantes, dos serán nombrados por el Congreso Nacional, en acuerdo de ambas cámaras, uno por el Presidente de la República y dos por la Corte Suprema.
El fiscal nacional será designado por el Consejo Nacional de Investigación Criminal, a propuesta en terna de la Corte Suprema, con acuerdo del Presidente de la República y ratificación del senado, en sesión especialmente convocada al efecto.
A su vez los fiscales regionales serán nombrados por el fiscal nacional, a propuesta en terna de la Corte de Apelaciones de la respectiva región este nombramiento deberá ser ratificado por el Consejo Nacional de Investigación Criminal.