21-11-2024
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Moción busca facultar el retiro del cableado aéreo en desuso por parte de las municipalidades

La municipalidad no será responsable por la afectación de los servicios en que pudiera incurrir en la acción de retiro.

El pasado 07 de agosto ingresó a la Cámara de Diputados el Boletín N° 17.042-15, el cual modifica la Ley General de Telecomunicaciones para facultar el retiro del cableado aéreo en desuso por parte de las municipalidades.

El objetivo del proyecto de ley es restaurar y reponer la atribución que anteriormente correspondía a los municipios, permitiéndoles retirar cables en desuso a expensas de las empresas concesionarias. Con ello, según consta en la moción, se busca garantizar un entorno urbano más seguro y ordenado, evitando así los riesgos asociados a la acumulación de cables obsoletos y asegurando que las responsabilidades de mantenimiento sean claramente asumidas por las empresas responsables.

Al respecto, en el caso de no proceder la concesionaria o permisionaria al retiro requerido dentro de plazo, los municipios podrán retirar estos elementos a costa de aquéllas, de acuerdo al procedimiento que se establezca conforme a la normativa exigiendo el reembolso de todos los costos asociados al mismo.

Para ello se seguirá el procedimiento establecido en el artículo 47 del decreto supremo N° 2.385, del Ministerio del Interior, de 1996, que fija el texto refundido y sistematizado del decreto ley N° 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales, sirviendo como título ejecutivo, para estos efectos, el respectivo certificado emitido por el secretario municipal que acredite el monto del aludido retiro.

Para proceder a dicho retiro, así como a la mantención u ordenación de los elementos de red que correspondan, la empresa o entidad responsable propietaria del poste o ducto brindará a la municipalidad el apoyo técnico y operacional necesario, conforme a las normas reglamentarias o técnicas de telecomunicaciones y eléctricas.

Boletín N° 17.042-15

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