En el caso de que el empleador no tome las providencias para evitar dicha acción, será sancionado con una multa a beneficio fiscal de tres a cinco unidades tributarias mensuales.
El pasado 01 de agosto ingresó a la Cámara de Diputados el boletín N° 17020-13, que modifica el Código del Trabajo para impedir que se sugiera o exija el otorgamiento de propina en establecimientos que no cuenten con atención de garzones.
El objetivo del proyecto de ley es establecer la obligatoriedad de control por parte del empleador sobre los casos autorizados para sugerir o solicitar propina, ya que esta medida promueve la equidad, el respeto a los consumidores, protege los derechos de los trabajadores y contribuye a mantener la calidad y la reputación del servicio ofrecido por el establecimiento.
Así, tanto en los establecimientos en que no exista o no se requiera atención a público a través de garzones, el empleador deberá tomar las medidas necesarias para que sus empleados no procedan a incomodar a los clientes que asistan a dicho establecimiento solicitando o sugiriéndole otorgar propina por el servicio recibido. En el caso de que el empleador no tome las providencias para evitar dicha acción, será sancionado con una multa a beneficio fiscal de tres a cinco unidades tributarias mensuales.