04-12-2024
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Moción busca restringir el acceso a penas sustitutivas y libertad condicional a los reincidentes

Las penas sustitutivas no serán aplicables a personas que registren dos o más sentencias condenatorias anteriores por crimen o simple delito.

El 11 de mayo ingresó a la Cámara de Diputados el Boletín Nº 15.924-07, proyecto de ley que modifica cuerpos legales que indica, para restringir el acceso de reincidentes, a penas sustitutivas a las privativas o restrictivas de libertad, así como al beneficio de la libertad condicional.

En concreto, el presente proyecto de ley modifica la Ley Nº 18.216, que establece penas que indica como sustitutivas a las penas privativas o restrictivas de libertad, y el Decreto Ley Nº 321, de 1925, del Ministerio de Justicia, que establece la libertad condicional para las personas condenadas a penas privativas de libertad, con la finalidad de que sujetos reincidentes cumplan con penas efectivas de cárcel.

Para tales efectos, la nueva propuesta establece que las penas sustitutivas no serán aplicables a personas que registren dos o más sentencias condenatorias anteriores por crimen o simple delito.

En la misma línea, y respecto de la libertad condicional, para poder optar a dicho beneficio quienes registren dos o más sentencias condenatorias anteriores por crimen o simple delito solo podrán hacerlo cuando hubieren cumplido dos tercios de la condena.

Boletín Nº 15.924-07

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