La duración de la Beca podrá ser de uno, dos o cuatro años, de acuerdo al logro obtenido según lo que indique la Resolución Complementaria.
El 01 de marzo se publicó en el Diario Oficial el decreto N° 18 del Ministerio del Deporte, que aprobó el nuevo Reglamento del Sistema de Becas para Deportistas de Alto Rendimiento.
El Reglamento regula el conjunto de derechos, obligaciones y condiciones de ingreso, permanencia y exclusión del Sistema, de aquellos deportistas de Alto Rendimiento que obtengan los logros deportivos establecidos en la resolución complementaria que se dicte al efecto, en pruebas convocadas y/o programadas en los Mega Eventos del Ciclo Olímpico y Paralímpico vigente y en aquellas modalidades o pruebas priorizadas por el Ministerio del Deporte.
Para ingresar al Sistema de Becas para Deportistas de Alto Rendimiento deberá cumplir con los siguientes requisitos: En primer lugar, debe ser chileno o extranjero habilitado para representar a Chile en los eventos señalados en la Resolución Complementaria. En segundo lugar, debe haber obtenido al menos uno de los logros deportivos determinados en la Resolución Complementaria representando a la Federación Deportiva o Federación Deportiva Nacional respectiva. En tercer lugar, no debe encontrarse impedido de competir por una resolución de un órgano disciplinario deportivo o jurisdiccional. Finalmente, debe tener salud compatible para competir en el alto rendimiento.
El Deportista Becario permanecerá en el Sistema mientras cumpla cabalmente con las obligaciones que le impone el Reglamento y mantendrá su calidad de Deportista Becario mientras no haya sido formalmente excluido del Sistema por medio de resolución del Director del Instituto Nacional del Deporte. Entre algunas de las obligaciones que deben cumplir, se encuentran las siguientes: Deben ejecutar la planificación deportiva presentada, participando en las competencias validadas. Además, deberán mantener siempre una conducta acorde a las exigencias que impone la representación de Chile en eventos deportivos internacionales.
Los deportistas de alto rendimiento que tengan derecho al pago de la beca se les incrementará el monto de la correspondiente Beca, con el único objeto de contribuir al pago de las cotizaciones previsionales de las cuentas de capitalización individual y de salud común de los Deportistas Becarios.
Además, las deportistas becarias mantendrán los beneficios del Sistema durante su embarazo, periodo de protección a la maternidad en que quedarán exceptuadas del cumplimiento de los deberes y obligaciones que establece este Reglamento.
El Deportista Becario perderá la calidad de tal, cuando le sea notificada por correo electrónico, la resolución de exclusión dictada por el Director del Instituto Nacional del Deporte. Las causales de exclusión se establecen en el Reglamento.