19-05-2024
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Plan Nacional de Búsqueda de Verdad y Justicia respecto de las personas víctimas de desaparición forzada ocurridas durante la dictadura militar

El objetivo general es esclarecer las circunstancias de desaparición, muerte y destino final de las personas víctimas de desaparición forzada, de manera sistemática y permanente.

El 10 de noviembre el Diario Oficial publicó el decreto Nº 98 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que aprueba el Plan Nacional de Búsqueda de verdad y justicia respecto de las personas víctimas de desaparición forzada ocurridas en Chile entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990, designa al programa de derechos humanos como órgano ejecutor y crea el comité de seguimiento y participación.

El decreto establece que el Plan Nacional de Búsqueda de Verdad y Justicia es un instrumento de política pública, que busca avanzar tanto en el cumplimiento de las obligaciones internacionales del Estado de Chile respecto a la búsqueda, identificación y restitución de víctimas de desaparición forzada, como en el mandato contenido en la normativa nacional sobre el derecho inalienable de las familias y de la sociedad en su conjunto a saber lo ocurrido con ellas.

La fase participativa contemplada en el diseño del Plan Nacional de Búsqueda de Verdad y Justicia considera distintos mecanismos de participación de la sociedad civil: encuentros participativos, reuniones con expertos y seminarios temáticos. Respecto a estos últimos, se realizaron cinco seminarios para abordar distintas aristas de los procesos de búsqueda, los que contaron con cerca de cuatro mil participantes presenciales y virtuales.

En este contexto, el reglamento establece que la evaluación, reformulación y aprobación de las modificaciones al Plan Nacional de Búsqueda de Verdad y Justicia estará a cargo del Comité Interministerial de Derechos Humanos, ante el cual el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos deberá informar de los avances en la implementación del Plan Nacional de Búsqueda de Verdad y Justicia, al menos, una vez al año, por intermedio del Programa de Derechos Humanos, así como de las observaciones del Comité de Seguimiento y Participación.

Asimismo, el órgano ejecutor a cargo de la implementación del Plan Nacional de Búsqueda de Verdad y Justicia de las personas víctimas de desaparición forzada en Chile, durante el periodo comprendido entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990, es el Programa de Derechos Humanos de la Subsecretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en virtud de sus facultades legales.

En el cumplimiento de dicha labor, el Programa de Derechos Humanos podrá actuar por sí mismo o en coordinación con las instituciones responsables o colaboradoras que hayan adquirido compromisos sectoriales en el Plan Nacional de Búsqueda de Verdad y Justicia.

Por otro lado, el decreto señala que el Plan Nacional de Búsqueda de Verdad y Justicia se estructura en torno a objetivos, metas y acciones. Estas últimas cuentan con actividades, responsables y colaboradores. Como resultado del proceso participativo y del diagnóstico cualitativo y cuantitativo de la búsqueda y los desafíos actuales, se definió que el objetivo general del Plan Nacional de Búsqueda de Verdad y Justicia es esclarecer las circunstancias de desaparición, muerte y destino final de las personas víctimas de desaparición forzada, de manera sistemática y permanente, de conformidad con las obligaciones del Estado de Chile y los estándares internacionales.

Asimismo, se crea un Comité de Seguimiento y Participación, cuyas funciones serán las de conocer, asesorar y hacer recomendaciones para la implementación del Plan Nacional de Búsqueda de Verdad y Justicia.

De esta manera, el Comité de Seguimiento y Participación sesionará de forma ordinaria cada tres meses y podrá sesionar de forma extraordinaria por acuerdo de la mayoría simple de sus integrantes en ejercicio. En la primera sesión deberán acordar un reglamento interno de funcionamiento y elegir entre sus integrantes quién lo presidirá.

Decreto Nº 98

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