Deberán poner a disposición del público información como su dirección central, su rol único tributario, la individualización de su representante legal y miembros de su directorio.
El 25 de abril pasado ingresó al Senado el Boletín Nº 15.874-07, proyecto de ley que modifica el Código Civil, con el objeto de determinar la información de las personas jurídicas que indica deben poner a disposición del público.
En virtud de lo expuesto anteriormente, el proyecto de ley tiene por objeto establecer un marco normativo que obligue a las entidades privadas que posean una clara gravitación en la vida política y social del país, a transparentar información corporativa y tributaria de interés público.
El proyecto de ley establece que dichas entidades privadas, cualquiera sea su giro o actividad y forma de constitución, indicar en su página web su información corporativa y tributaria no sensible, esto es la individualización de su representante legal, los miembros del directorio, consejo o administradores, su dirección central y sus datos tributarios, así como correo electrónico y/o teléfono.
Esta normativa busca unificar criterios de actuación en materia de transparencia y publicidad en el ámbito privado, equiparando los estándares de transparencia y probidad exigidos a las entidades públicas.