Esto, debido a la falta de normativa o tratamiento legal, para perseguir la restitución de aquellos gastos o asignaciones parlamentarias entregadas con infracción a la normativa legal, a las normas respecto de la probidad y/o al reglamento.
El 29 de noviembre ingresó a la Cámara de Diputados el Boletín Nº 15.536-07, proyecto de ley que establece una reforma a la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, en materia de establecer una obligación legal de reembolso o repetición de aquellos gastos o asignaciones parlamentarias obtenidas con infracción a la normativa legal, a las normas respecto de la probidad y/o al reglamento, siendo descontadas automáticamente de su dieta parlamentaria.
La iniciativa, señala que una vez transcurridos los treinta días sin que se hayan realizado las respectivas aclaratorias, o de haberse realizado, no sean suficientes para desvirtuar las deficiencias o irregularidades en cuanto a la utilización de los fondos y recursos asignados, se le exigirá, por medio del Comité de Auditoría, la devolución o repetición de los fondos o dineros mal usados por los parlamentarios, debiendo ser descontados automáticamente en la siguiente dieta parlamentaria.
Además, en caso de que, previo a una debida investigación por el Consejo Resolutivo de Asignaciones Parlamentarias, se acredite que las empresas privadas distribuidoras de combustible con quienes la Corporación haya convenido para la prestación de servicios, no se hayan ajustado al procedimiento que expresa el convenio, en cuanto al uso de tarjetas o cargas de combustibles, la moción señala que se le podrá dar término anticipado a dicho convenio sin ulterior recurso y sin derecho a indemnizaciones por parte de la empresa contra la Corporación.