25-04-2024
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Proyecto de ley crea fondo de emergencia transitorio COVID-19

El mensaje presidencial pretende crear un fondo para financiar todo tipo de gastos, dentro del marco de la crisis sanitaria.

El 17 de julio ingresó a la Cámara de Diputados el mensaje presidencial, boletín N°13.655-05, que crea el fondo de emergencia transitorio COVID-19. Fondo que tendrá una vigencia hasta el 30 de junio del año 2022.

El fondo está destinado a financiar un programa fiscal por un máximo de $12.000 millones de dólares con el objetivo de solventar todo tipo de gastos que permitan enfrentar los efectos y atender las necesidades derivadas de la crisis sanitaria causada por la enfermedad COVID-19. Entre los gastos se incluyen: ayudas económicas a las personas, familias, trabajadores y empresas, como las asociadas a créditos y transferencias; financiamiento de gastos e inversiones en salud, incluidas las acciones destinadas a contener la propagación de la enfermedad COVID-19; iniciativas de inversión pública; impulsos proreactivación económica y reconversión, incluyendo apoyos tributarios transitorios; medidas para evitar la pérdida de empleos y facilidades a las empresas para atender sus obligaciones.

Dichos gastos se podrán ejecutar a través de la creación de programas nuevos o la expansión y extensión en el tiempo de programas existentes en los ministerios y servicios, o complementar algún programa o acción en ejecución, así como iniciativas de inversión nuevas o en curso; incluye acciones ejecutadas a través de municipalidades y personas jurídicas sin fines de lucro.

Cabe destacar, que el fondo se financiará con los aportes provenientes de activos disponibles del Tesoro Público, mientras que la administración, recaerá en el Ministerio de Hacienda. Ministerio que deberá dictar un reglamento mediante el cual establecerán las normas sobre el funcionamiento del fondo como también aquellas para la aplicación de los recursos con los fines establecidos.

Asimismo, el Ministerio de Hacienda dará cuenta escrita en forma mensual a la Comisión Especial Mixta de Presupuesto, respecto del avance en la ejecución del fondo señalando expresamente el monto asignado a los órganos ejecutores de los recursos del Fondo, así como también, proporcionará información consolidada de la ejecución que le proporcionen los órganos respectivos. Igualmente, se deberá enviar copia de los decretos de modificación presupuestaria que dispongan las asignaciones de los recursos, en el período respectivo.

Boletín Nº 13655-05

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