Tiene como objetivo fortalecer los controles en el sistema migratorio chileno, particularmente en áreas sensibles como la reunificación familiar, la autenticidad de los documentos presentados por los solicitantes y la trazabilidad de los viajes colectivos organizados hacia Chile.
El 08 de abril ingresó a la Cámara de Diputados el Boletín N° 17464-06, el cual modifica la Ley de Migración y Extranjería, en materia de acreditación de requisitos de los procedimientos migratorios que indica.
El proyecto de ley tiene como objetivo fortalecer los controles en el sistema migratorio chileno, particularmente en áreas sensibles como la reunificación familiar, la autenticidad de los documentos presentados por los solicitantes y la trazabilidad de los viajes colectivos organizados hacia Chile.
En primer lugar, se plantea modificar el artículo 19 para exigir que las solicitudes de reunificación familiar estén acompañadas de documentación debidamente apostillada o legalizada, lo que garantizaría que los vínculos familiares sean auténticos y verificables.
Además se modifica el artículo 109 para exigir que todos los documentos provenientes del extranjero sean apostillados o legalizados y, cuando corresponda, traducidos oficialmente. Esto tiene como propósito asegurar la validez de los documentos presentados y minimizar el riesgo de fraude en las solicitudes de residencia.
Finalmente, se introduce un nuevo artículo 111 bis que regula la responsabilidad de las personas naturales o jurídicas que organicen viajes colectivos hacia Chile, exigiendo que informen al Servicio Nacional de Migraciones y a la Policía de Investigaciones de Chile, sobre el itinerario, la nómina de pasajeros y la fuente de financiamiento con al menos cinco días de antelación.